La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México estableció el […]
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México estableció el miércoles 21 de junio que cualquier persona con capacidad de gestar podrá solicitar un amparo de inconstitucionalidad de artículos que penalizan el aborto en leyes de los diferentes estados mexicanos.
Asimismo, aseguraron que dichas leyes fomentan la creencia de que el aborto es “éticamente incorrecto”, aumentan el estigma para quienes acuden a estos servicios de atención médica en base a estereotipos y generan temor en los trabajadores sanitarios.
“Las normas que penalizan el aborto potencialmente pueden comprometer o limitar el acceso de las mujeres y personas con capacidad de gestar a una debida protección de sus derechos humanos a la autonomía reproductiva, a la vida, a la no discriminación, la salud y la integridad personal”, detalló el tribunal.
Por tal motivo, se determina que existe un mensaje discriminatorio para quienes cuentan con la capacidad de gestar y no tienen un embarazo en curso que impacta en su derecho de elegir su plan de vida y en sus derechos sexuales y reproductivos.
Dicha determinación deja el camino abierto a la despenalización del aborto a nivel nacional por medio de amparos, ya que se anula la espera a que congresos de los estados legislen al respecto.
Por su parte el ponente del proyecto, Jorge Mario Pardo dijo:
“Esto, siempre y cuando esa norma le sea territorialmente aplicable a quienes reclaman la inconstitucionalidad de tales preceptos”